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Para la utilización de grúas móviles autopropulsadas, se exigirá la posesión del carné de operador de grúa móvil autopropulsada de, al menos, categoría igual o superior a la correspondiente a su carga nominal.
- Categoría A: montaje y manejo de grúas móviles autopropulsadas de hasta 130 t de carga nominal, inclusive.
- Categoría B: montaje y manejo de grúas móviles autopropulsadas de más de 130 t de carga nominal.
La obtención o renovación del carné se puede realizar de dos formas:
En la primera forma habrá que cumplir los siguientes requisitos:
a) Poseer el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
b) Tener cumplidos los 18 años cuando se realice la solicitud del curso que se cita en el siguiente apartado.
c) La superación de un curso teórico-práctico impartido por una entidad acreditada por la Comunidad Autónoma de Madrid.
d) La superación de un examen teórico-práctico realizado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma de Madrid.
e) Superar un examen psicotécnico que incluye examen de agudeza visual, sentido de la orientación, equilibrio y agudeza auditiva.
b) Tener cumplidos los 18 años cuando se realice la solicitud del curso que se cita en el siguiente apartado.
c) La superación de un curso teórico-práctico impartido por una entidad acreditada por la Comunidad Autónoma de Madrid.
d) La superación de un examen teórico-práctico realizado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma de Madrid.
e) Superar un examen psicotécnico que incluye examen de agudeza visual, sentido de la orientación, equilibrio y agudeza auditiva.
En
la segunda forma, se obtendrá directamente el carné de operador de grúa
móvil autopropulsada cuando se disponga de un título de formación
profesional o de un certificado de profesionalidad incluido en el
Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. También, en este
caso, superar un examen médico, psicotécnico y físico,
específico para este tipo de actividades, que incluye examen sobre
agudeza visual, sentido de la orientación, equilibrio y agudeza
auditiva.
El carné tendrá una validez de cinco años, transcurridos los cuales podrá ser renovado por períodos quinquenales.
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